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23 abril, 2026

Trabajadores, pensionados y jubilados no pueden seguir recibiendo dádivas de la renta petrolera

Juan Linares / Opinión *

La recuperación parcial de la industria petrolera abre nuevamente el debate sobre el salario, las pensiones y la protección social de trabajadores, pensionados y jubilados en Venezuela. Si la producción ronda los 1.200.000 barriles diarios y el país cuenta con un escenario internacional de precios favorables, existe margen para diseñar una política salarial seria, planificada y progresiva. Sin embargo, esa posibilidad solo tendría sentido si se acompaña de transparencia, austeridad, honestidad administrativa y una verdadera voluntad política de priorizar el bienestar de la población.

Un gobierno que actúe con seriedad no puede limitarse a repartir bonos ocasionales ni a administrar la miseria mediante transferencias fragmentadas. Lo que el país necesita es un plan de recuperación salarial que permita aumentos periódicos cada tres o seis meses, hasta alcanzar una estabilización real frente a la devaluación del bolívar y el impacto de la inflación. Pero para que eso sea posible, también hace falta reducir una estructura burocrática desproporcionada, con decenas de ministerios, viceministros y oficinas que consumen una parte significativa del presupuesto operativo sin que ello se traduzca en mejores servicios ni en mejoras para los trabajadores.

La contradicción entre el discurso oficial y la realidad económica se hace cada vez más evidente. Mientras el Gobierno insiste en hablar de recuperación y estabilidad, el salario mínimo y las pensiones continúan rezagados frente a una inflación que destruye el poder adquisitivo de forma acelerada. La canasta alimentaria, cada vez más distante de los ingresos de la mayoría de los venezolanos, demuestra que ni los bonos extraordinarios ni los ajustes parciales resuelven el problema de fondo. En estas condiciones, trabajar toda una vida ya no garantiza una vejez digna, sino una lucha diaria por sobrevivir.

La situación de los pensionados y jubilados es particularmente grave. Después de años de cotización y servicio al país, reciben ingresos que no alcanzan para cubrir alimentos, medicinas, transporte ni gastos básicos. La pensión mínima no puede seguir tratándose como una dádiva del Estado, porque se trata de un derecho constitucional. Los artículos 80 y 86 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establecen con claridad la obligación del Estado de garantizar a los adultos mayores una vida digna, atención integral y seguridad social efectiva. Además, el artículo 91 reconoce el derecho a un salario suficiente para vivir con dignidad, sin que el ingreso pueda quedar por debajo de las necesidades materiales y sociales del trabajador.

A ello se suma la opacidad del sistema de pagos fragmentados. El uso del Sistema Patria para distribuir bonos y complementos ha generado retrasos, incertidumbre y pérdida de valor real en cada transferencia. En un país donde la devaluación ocurre a diario, esperar varios días por un pago equivale a recibir menos dinero del que se anunció originalmente. Esa dinámica golpea con más fuerza a quienes dependen exclusivamente de su pensión o salario para subsistir. Por eso, el pago directo a cuentas bancarias sería una vía más rápida, más segura y más eficiente que un mecanismo sujeto a fallas técnicas, demoras y discrecionalidad política.

Además, la fragmentación de los ingresos crea una diferencia injusta entre trabajadores activos, pensionados y jubilados. No debería haber montos distintos para quienes cumplen funciones equivalentes dentro del sistema de protección social. Tampoco debería existir discriminación en el acceso a beneficios como la cestaticket, que en muchos casos solo ha sido reconocida por vía de convenciones colectivas. Los adultos mayores no pueden ser tratados como ciudadanos de segunda categoría, especialmente cuando ya han aportado durante décadas al desarrollo del país.

El artículo 106 de la LOTTT también resulta pertinente en este debate, ya que obliga al patrono a entregar un recibo de pago detallado con todos los conceptos salariales y deducciones. Sin embargo, en la práctica, muchos trabajadores solo reciben un depósito bancario con una descripción genérica, sin claridad sobre el desglose de lo que realmente están cobrando. Esa opacidad contradice la legalidad laboral y dificulta cualquier ejercicio efectivo de defensa de derechos.

En este contexto, la exigencia de un aumento salarial digno no es una consigna política vacía, sino una necesidad social urgente. El país no puede seguir funcionando sobre la base de bonos, promesas y mecanismos improvisados que no resuelven la crisis estructural del ingreso. Si existe producción petrolera, si existen ingresos públicos y si existe capacidad institucional, también debe existir la decisión de garantizar un salario y una pensión que permitan vivir con dignidad. Lo contrario es condenar a millones de venezolanos a una pobreza administrada desde el poder.

Por ello, trabajadores, pensionados y jubilados deben mantenerse firmes en la defensa de sus derechos. El salario no es una dádiva, la pensión no es una limosna y la seguridad social no puede depender del humor político del momento. El Estado está obligado a cumplir la Constitución, proteger el poder adquisitivo y reconocer que el trabajo de toda una vida merece respeto, justicia y una vejez sin humillaciones.

jlrlinares@gmail.com 

*Las opiniones contenidas en este articulo son de la exclusiva responsabilidad del autor.