La justicia reiteró la importancia de acompañar en todo
momento a quien necesite ayuda psicológica.
Raúl* era un joven de 18 años que para marzo de 2012 entró a
prestar el servicio militar en Caquetá, y que dos meses
después de llegar al Ejército murió producto de un suicidio luego de pasar
varios eventos infortunados en los que le hizo falta asistencia profesional.
La noticia de su muerte llegó a oídos de sus padres, quienes meses antes habían
escuchado quejas de su hijo sobre el maltrato y la presión que recibió de un
cabo. Ante ese tipo de eventos, los expertos en salud recomiendan buscar ayuda
idónea con el fin de prevenir cualquier acción que, en el caso de Bogotá, se
puede reportar a la línea gratuita 106.
Sin embargo, con Raúl no hubo esa posibilidad. Su muerte se produjo mientras estaba de centinela el 18 de agosto de 2012. El suceso llevó a que sus familiares demandaran a la Nación buscando un reconocimiento por los perjuicios materiales y morales que les dejó su partida, alegando que, al él estar prestando el servicio militar, su protección le correspondía al Estado.
Esa batalla jurídica la empezaron papá, mamá y hermana en el año 2014. Primero hubo una conciliación que fracasó, y el 13 de agosto vino una demanda en contra del Ministerio de Defensa y el Ejército Nacional. La tesis de los familiares a la hora de interponerla fue que la Nación fue administrativamente responsable del daño antijurídico ocasionado por la muerte de Raúl, tras las humillaciones, acoso laboral y discriminación de las que fue víctima.
Tras su partida, los padres se dirigieron hasta donde un sargento del batallón al que pertenecía el joven. En esa ocasión, el militar les aseveró que una vez Raúl le pidió ayuda, él trasladó la solicitud a la dependencia de reclutamiento del Ejército.
Esa versión aparece consignada en una reciente sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, el cual desde su Sección Tercera revisó en segunda instancia el expediente.
Luego de recibir su instrucción en una base militar de Caquetá,
por sus aptitudes el joven Raúl fue trasladado a otro batallón ubicado en el
mismo departamento, donde murió.
Luego de la demanda de sus padres, en primera instancia el caso lo asumió un
juzgado de Bogotá. Se buscaron las versiones de las partes implicadas, y
mientras el Ejército subrayó una falta de pruebas, el defensor de la familia,
el abogado Pedro Nel Escorcia, argumentó que hubo varias falencias en
el manejo a la situación por la que pasó el joven.
Ninguna alteración sicológica o anímica debe ser percibida
como 'normal', se requieren acompañamientos apropiados a quienes se encuentran
supeditados a la especial protección del Estado: Tribunal
Una de ellas fue la omisión que hubo por parte de los
uniformados que, pese a estar enterados de lo que manifestó Raúl, no tomaron
cartas en el asunto para protegerlo. Fue así como el juzgado determinó que no
se gestionó "un adecuado acompañamiento para tratar las perturbaciones
síquicas del señor" que ayudaran a prevenir el suicidio.
Ante la decisión, las instituciones demandadas apelaron alegando que Raúl murió
por cosas meramente personales, no relacionadas a abusos laborales.
De hecho, el cabo señalado de abuso laboral declaró que el joven muerto le
había contado que venía con problemas desde antes de prestar el servicio
militar, y por eso se había ido al Ejército.
De todo lo recogido, en segunda instancia el Tribunal Administrativo de
Cundinamarca concluyó que "ninguna alteración sicológica o anímica debe
ser percibida como 'normal', se requieren acompañamientos apropiados a quienes
se encuentran supeditados a la especial protección del Estado".
Asimismo, determinó que la muerte por suicidio de Raúl no se dio de manera
inesperada o súbita, puesto que hubo varias señales en las que él alertó la
necesidad de ayuda que tenía.
Para prevenir este tipo de situaciones, además de la línea gratuita 106 en
Bogotá, en varias ciudades del país las autoridades han habilitado varios
canales para escuchar a las personas que requieran de algún tipo de apoyo en
este sentido. La línea de WhatsApp para la capital del país es el número
3007548933.
*Nombre cambiado para proteger la privacidad de su familia.
Nota tomado de El Tiempo /
Colombia. - Imagen de referencial