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07 abril, 2017

El error que cometimos 18 años atrás. Sin orden constitucional desde 1999


Diosdado, Chávez y Maduro



Debe destacarse que lo sucedido es consecuencia de una decisión tomada hace casi 18 años cuando se procedió al nombramiento de los Poderes Públicos sin seguir lo estipulado en la Constitución aprobada el 15 de diciembre de 1999 en referéndum nacional
MARINO J. GONZÁLEZ R
Las sentencias aprobadas por la Sala Constitucional del TSJ la semana pasada, han colocado al país en una nueva fase de deterioro democrático. La consecuencia más directa de ambas sentencias es suprimir a la Asamblea Nacional como poder público. La “corrección” de las sentencias, a través de mecanismos completamente fuera de toda formalidad constitucional, deja más evidente grandes carencias en el respeto a las normas y procedimientos. La situación ha ameritado la expresión de organismos internacionales denunciando la vulneración del “orden constitucional” en el país.

Pudiera quedar la impresión de que esta situación es una arremetida del actual gobierno a partir de octubre de 2016, cuando se eliminó la opción del referendo revocatorio, y que ha continuado con la ausencia de cronograma electoral para todos los niveles de representación. Sin embargo, debe destacarse que lo sucedido es consecuencia de una decisión tomada hace casi 18 años cuando se procedió al nombramiento de los Poderes Públicos sin seguir lo estipulado en la Constitución aprobada el 15 de diciembre de 1999 en referéndum nacional. Los efectos de la Tragedia de Vargas habían dejado al país en completo shock. A la semana siguiente de la aprobación de la Constitución, la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) asumió el nombramiento de los miembros del Tribunal Supremo de Justicia, del Consejo Nacional Electoral, así como los representantes de la Fiscalía y la Contraloría, sin apego a lo establecido en la Constitución.
Todo lo que ha pasado en Venezuela desde ese momento, es consecuencia de esa ruptura del orden constitucional en esa fecha. Claro, en aquel momento otra era la conformación de fuerzas políticas. El gobierno había logrado un notable respaldo popular, y se habían puesto en marcha mecanismos que subestimaron la fuerza electoral de los sectores adversos. De tal forma que la representación en la Asamblea Nacional Constituyente no se correspondía con la votación real de los sectores opositores.
A partir de esa decisión, se generó una coincidencia entre los objetivos del gobierno y las posibilidades que brindaba la pérdida del equilibrio de poderes. Entre 1999 y 2015, exactamente 16 años, esta alianza de poderes fue el instrumento para alterar todas las disposiciones constitucionales contrarias al objetivo de controlar al gobierno y a la sociedad. Entonces, no estamos hablando de una alteración de corta evolución, estamos en presencia de un deterioro constitucional de casi dos décadas.
El triunfo de la Unidad en la elección de la Asamblea Nacional en diciembre de 2015 ocasionó el cese de esa alianza férrea de poderes públicos. Por primera vez un poder público pasaba a estar en manos de un sector político adverso al gobierno. A partir de esa elección, se ha pretendido anular la capacidad de la Asamblea Nacional para ejercer todas sus facultades constitucionales a través de las sentencias del TSJ y con el pleno apoyo de los restantes poderes públicos. Es por ello que lo que está en juego no son los efectos de las decisiones recientes del TSJ, sino la reversión completa de todas las decisiones que han anulado en la práctica lo que significa la Constitución de 1999 como garantía de los derechos de todos los venezolanos.
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