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27 noviembre, 2010

LA PREVENTA INMOBILIARIA


Conjunto Residencial “El Encantado”, ubicado en El Hatillo (Mir), uno de los conjuntos con medidas de expropiación por parte del Estado debido a la tardanza en la entrega del inmueble y el cobro ilegal del INPC


Son muchos los casos de Preventas Inmobiliarias de Vivienda que se han convertido en una verdadera expoliación para las familias que necesitan un hogar propio. Los compradores en preventa, abonan muchas veces más del cincuenta por ciento del precio de la vivienda y son los mas afectados, todo el ahorro nacional, esto es, las cantidades sobrantes de los sueldos y salarios de miles de empleados de la clase media, de obreros y trabajadores que no ingresan al Fondo Obligatorio Nacional de Vivienda (FAOV) previsto en la normativa de vivienda y hábitat, es succionado por los productores de viviendas al recibir los abonos a cuenta de la cuota inicial del precio que aquellos le hacen cuando celebran los contratos de preventa de viviendas en proceso de construcción o aun no construidas.

Cuantiosas porciones del ahorro nacional, van a parar a manos de los productores de vivienda, sin supervisión, sin control y sin normativa legal protectora de los compradores, esto ha traído como consecuencia que miles de solicitudes y denuncias de distintas familias perjudicadas se hayan presentado ante la Asamblea Nacional, el Instituto para al Defensa de la Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, (INDEPABIS), ante el Ministerio del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda (MOPVI), todos relacionados con los financiamientos que algunas empresas de la construcción de vivienda vienen otorgando a estos posibles compradores, incrementando considerablemente el valor del objeto vendido como una aplicación inapropiada de lo que conocemos como el Índice Nacional de Precios al Consumidor, (INPC); índice que en principio es aplicado por el Estado para medir las variaciones que sufren algunos productos de la cesta básica, a los fines de medir la posible inflación que se genere durante un período determinado, en tal sentido, las empresas constructoras del país, vienen aplicando recientemente, a modo de indexación o ajuste de precios, el cálculo del INPC en el sector de la vivienda, llegando en muchos casos a que los optantes de una vivienda deban pagar más del cincuenta por ciento del valor de la vivienda por este concepto.

Analizando las denuncias planteadas, los encuentros realizados, los acuerdos convenidos, hemos considerado necesario urgente normar la situación planteada con las Preventas Inmobiliarias de Viviendas en Proceso de Construcción o aún no Construidas, dado el vacío que existe sobre la regulación de este tema y las cuantiosas porciones de ahorro nacional que se manejan.

En virtud de ser un requerimiento importante de la sociedad, el derecho que tiene toda persona a una vivienda adecuada, segura, cómoda, higiénicas, con servicios básicos esenciales que incluyan un hábitat, que humanice las relaciones familiares, vecinales y comunitarias, como lo indica la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 82.

En consecuencia, presentamos el proyecto de Ley de Preventa de Vivienda en Construcción o Por Construir, con el objetivo de frenar la especulación en los distintos tipos de financiamientos en materia de vivienda y hábitat otorgados por bancos, productoras de viviendas y así ayudar a fortalecer el sistema de vivienda y hábitat, con financiamientos justos y equitativos, erradicando la practica del anatocismo, la usura o practicas de cualquier otra naturaleza que impliquen ventajas desproporcionadas para quien otorga el financiamiento.


LAURA VALLS.