Dr. Miguel Pineda* / Opinión
El gobierno de Donald Trump solicitó a una Corte Federal en
Florida que desestime una demanda civil por presuntos secuestros y torturas
contra la presidenta encargada de Venezuela, Delcy Rodríguez, reconociendo su
inmunidad diplomática como jefa de Estado, mientras que Nicolás Maduro enfrenta
cargos penales en Nueva York.
La administración estadounidense emitió un documento a través
del Departamento de Justicia argumentando que, como jefa de un Estado
extranjero, Rodríguez goza de inmunidad frente a la demanda civil
multimillonaria interpuesta en Miami por tres ciudadanos estadounidenses que
estuvieron detenidos en Venezuela.
Es muy importante aclarar según el Derecho Internacional que el Presidente Nicolás Maduro estaba en pleno ejercicio de sus funciones cuando fue sorprendido en su residencia bajo el silencio de todo el componente Cívico - Militar y un posterior silencio diplomático del Bloque de Aliados Estratégicos: China- Rusia con poder de veto en el Consejo de Seguridad de la ONU que pueden frenar resoluciones en contra del Gobierno venezolano.
Los convenios comerciales, militares y energéticos quedaron
atrás, solo un respaldo discursivo de países de menor poder global también
amenazados por la Ola Global Imperial.
En el caso de la Presidenta Delcy Rodríguez
vencido su plazo, según lo establece la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela.
El Departamento de Estado de EEUU subraya la importancia de
la política exterior para justificar la desestimación, y a petición de Donald
Trump es excluida temporalmente de una posible condena.
En otros términos, la inmunidad de la Presidenta encargada
con tiempo vencido no equivale a impunidad ni borra los cargos en su contra
porque se trata de una protección temporal sujeta a su permanencia en el cargo.
La Espada de Damocles apuntando en el tiempo.
La situación de Nicolás Maduro y su pareja no se beneficia de
esta solicitud de inmunidad y permanecen recluidos en el Centro de Detención
Metropolitana de Brooklyn, Nueva York.
Nicolás Maduro Moro tras su captura enfrenta procesos
judiciales graves, incluyendo cargos por narcotráfico y terrorismo, y la
Fiscalía junto a su defensa legal han propuesto que su juicio penal comience el
primero de junio de 2027.
*Mutatis Mutandis* (cambiando lo que se debe cambiar):
Si las condiciones Políticas con la Fase de Transición
cambian, como es de esperar, y a partir del primero de agosto de 2026, Gobierno
y Oposición aprueban una Hoja de Ruta que permita una Transición Plena y no un
proceso de reacomodo político y negociación entre Élites tendremos en el corto
plazo un Nuevo Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y un Nuevo Consejo Nacional
Electoral (CNE) que garanticen el imperio de la Ley y el llamado a Elecciones
Generales.
En esas Condiciones, la Nueva Estructura Política que surja
debe garantizar que todos aquellos casos violatorios de los
Derechos humanos y corrupción manifiesta y comprobada en las últimas décadas
sean juzgados con todos los Derechos y Deberes consagrados por la Constitución
Nacional.
Un Nuevo Proceso de Reconciliación Social y Reconstrucción
Nacional que en la Unidad de la Consciencia Social Política y Espiritual
garantice la Soberanía Económica y Social, hoy intervenida y el desarrollo de
una Democracia al servicio de la Sociedad como un Todo.
En esa dirección es posible que la Nueva Asamblea Nacional y
el Nuevo Tribunal Supremo de Justicia y solicite ante los Organismos internacionales
(ONU) el respeto a la Soberanía Nacional; en este caso pasa porque los juicios
de Nicolás Maduro Moro y su esposa Cilia Flores, sean radicados en Venezuela
y los tribunales competentes juzguen a los indiciados y dejen claro ante
el País y el Mundo de la Nueva etapa que está en pleno desarrollo bajo el
Principio de la Soberanía Económica y Social.
Vienen Días Soleados de Perdón con Justicia y Libertad
El Amor Nunca Falla
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Posdata (IA)
*Toda persona es inocente hasta que se demuestre lo
contrario*
Esta premisa se conoce jurídicamente como el *Principio de
Presunción de Inocencia*.
Es un derecho humano fundamental que establece que nadie
puede ser considerado culpable ni tratado como tal hasta que existan pruebas
concluyentes y un juez emita una sentencia firme. Como garantía pilar en el
Estado de derecho, este Principio implica obligaciones muy claras para el
sistema de justicia: *Carga de la prueba*:
La responsabilidad de demostrar la culpabilidad recae en el
Estado o la parte acusadora.
La persona acusada nunca tiene que demostrar su inocencia.
Estándar probatorio:
La culpabilidad debe demostrarse "más allá de toda duda
razonable".
Trato digno:
La persona debe ser tratada como inocente durante todo el
proceso.
*Catedrático de la Universidad de Carabobo. Correo: miguelangelpineda812@gmail.com
