Dr. Manuel Fariñas / Opinión *
Venezuela atraviesa hoy una de las crisis de identidad institucional más profundas de su historia republicana. Tras los eventos del 22 de octubre de 2023 y después el 28 de julio de 2024, el país no solo lidia con una crisis económica y migratoria, sino con una fractura metafísica: la coexistencia de una “pseudo-legitimidad” y de otra "veri-legitimidad" que no logran tocarse.
Por un lado, una legitimidad institucional sostenida por el control del aparato estatal y el dictamen del CNE; por el otro, una legitimidad social y política que emana de las actas de votación resguardadas (reconocidas internacionalmente) y de una ciudadanía que se reconoce en la figura de Edmundo González Urrutia.
El núcleo del conflicto vive en el mandato de la Carta Magna (Art. 5 CRBV), que reza que la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo. Sin embargo, esa soberanía parece estar secuestrada en un limbo entre la "formalidad" del boletín oficial y la “legitimidad” del voto.
Esta desconexión ha generado un fenómeno atípico: un presidente electo de iure encarnado por Edmundo González Urrutia que se encuentra impedido de ejercer de facto, tensando las costuras de un hilo constitucional. Legalizado y legitimado para conducir la transición.
Mirar hacia el resto de Iberoamérica no es un ejercicio de nostalgia, sino de pragmatismo. La historia nos enseña que las transiciones exitosas rara vez son procesos "puros" o lineales. España, en 1975, demostró que se puede reformar el sistema desde adentro para evitar la ruptura violenta. Argentina, en 1983, probó que una victoria electoral clara puede sepultar años de oscuridad dictatorial. Chile, en 1988, nos recordó que incluso bajo el control férreo de un régimen, un plebiscito puede ser la llave que abra la puerta a la alternancia, siempre que existan pactos, aunque sean dolorosos.
Para Venezuela, la lección es clara: no hay atajos mágicos. Un gobierno de transición puede ser posible. Pero, que no se construya únicamente con apoyos externos, sino con un centro de gravedad propio. Esto mínimamente implica un Consenso Amplio que concuerde:
1°. - La factibilidad de un programa institucional de gobierno y, urgentemente, una agenda social que devuelva la dignidad del salario suficiente (Art. 91 CRBV) del trabajador, la jubilación y la pensión.
2°. - La creación de mecanismos como una Superintendencia para aplicar con rigurosidad la Ley Orgánica de Extinción de Dominio.
3°. - Orientar la transparencia, y la reforma profunda del sistema judicial, es un paso ineludible. De 143 países y jurisdicciones analizados, Venezuela ocupa el puesto 143, lo que la sitúa como la nación con la puntuación más baja en la aplicación de justicia y la rendición de cuentas. https://correodelcaroni.com/ 28 marzo 2026.
4°. - El país no puede seguir permitiendo que el "tiempo político" se desinfle mientras el "tiempo constitucional" corre en su contra, (Art. 234 CRBV). La transición debería iniciar a más tardar el 4 de junio 2026.
Nos
encontramos en una encrucijada histórica donde la justicia y la reparación
deberán ser, quizás, graduales, pero la verdad de la soberanía popular es
innegociable. La sociedad venezolana ya decidió dejar de ser un objeto de arbitrajes
ajenos para convertirse en el sujeto de su propia historia. El desafío ahora es
cerrar la brecha entre la voluntad expresada en las urnas y la realidad del
ejercicio del poder. Al final del día, una nación no puede sostenerse
indefinidamente sobre el vacío de una legitimidad en disputa. Ya hubo
elecciones presidenciales y el pueblo votó. Se entiende que el 3 de enero del
2026 se constituyó en un hito histórico, pero el 4 de junio de 2026 podría
constituirse en una fecha inaplazable (Art. 234 CRBV).
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responsabilidad del autor.
