Paola siempre quiso ser madre. Y, aunque ese deseo no era
sencillo de materializar, ella, una mujer negra, lesbiana y la primera
profesional afro en ejercer en su profesión, sabía sortear retos. Tras varios
años de relación, en 2024 le propuso a su pareja, Andrea, hacer ese sueño
realidad. Decidieron hacerlo mediante la técnica de recepción de ovocitos de la
pareja, o ROPA, en la que una de las mujeres aporta los óvulos y la otra gesta
el embarazo, logrado mediante fecundación in vitro. El método fue
un éxito, Andrea quedó embarazada y en febrero de este año nació su hijo. Sin
embargo, casi un año después, las dos mamás están embarcadas en una batalla
legal para que se reconozcan sus dos licencias de maternidad. Una situación que
la ley no contempla y que llegó a la
Corte Constitucional, que ahora estudia los vacíos jurídicos que enfrentan
las parejas homoparentales al ser madres o padres.
La historia del embarazo de las dos mujeres, a quienes la Corte identifica con nombres cambiados para preservar su intimidad, inicia con seis meses de procedimientos médicos, exámenes, agujas, pastillas y una enorme inversión económica. Los especialistas proyectaron que el parto de Marcos sería en marzo de 2025, pero Andrea desarrolló preeclampsia gestacional y el nacimiento ocurrió antes de lo previsto, de forma abrupta, por lo que su llegada estuvo permeada tanto de felicidad como de caos. El recién nacido estuvo seis días en la Unidad de Cuidados Intensivos Neonatales, mientras que Andrea permanecía hospitalizada para recuperarse. Los médicos le advirtieron que, por su estado de salud, no podría hacerse cargo de alimentar a su bebé ni de brindarle otros cuidados que requería. En su lugar, necesitaba un “acompañamiento permanente de quien pueda cangurearlo y amamantarlo”, según se lee en un documento en el que la Corte señala los hechos relevantes del caso. Desde entonces, Paola asumió por completo los cuidados de ambos.
Al inicio, el hospital en el que trabaja Paola no puso
mayores reparos a su ausencia y, por el contrario, la alentó a tomarse el
tiempo necesario para atender la urgencia médica. El problema vino cuando
solicitó a su entidad promotora de salud (EPS), la encargada de cubrir su
licencia de maternidad de 17 semanas, que lo hiciera. La respuesta fue que solo
le cubría la
licencia de paternidad, de apenas 14 días calendario, pese a que ella
expuso la particularidad de su método de reproducción. La decisión cayó como un
balde de hielo en una familia que ya atravesaba las zozobras del estado de
salud de Andrea, los cuidados de Marcos y la situación de Paola, quien se había
sometido a un procedimiento para lactar y así compartir esa tarea.
Tras varias solicitudes en las que la EPS mantuvo su
posición, interpusieron una acción de tutela en su contra. En ella argumentaron
que la constitución protege su modelo de familia. Un juzgado civil del circuito
de Bogotá falló en contra, negando que se le estuviese vulnerando algún
derecho. Ante la apelación de las dos mujeres,
la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá mantuvo la decisión. En su
sentencia, explicó que la licencia de maternidad tiene como finalidad “la
recuperación física y el cuidado del recién nacido”, un objetivo que, a su
juicio, no se aplicaba en la situación de Paola.
El litigio cobró un nuevo aire cuando, en agosto pasado, la
Corte Constitucional seleccionó esa tutela entre miles para estudiarla y dar
una sentencia final. La corporación jurídica, Ilex, que se ha encargado de la
representación legal de Paola y Andrea, explica la importancia del caso. “En el
contexto regional, donde hay un amplio debate sobre los derechos fundamentales
de las poblaciones históricamente discriminadas, es clave que la Corte revise
el caso. Ese mensaje dice: ‘nos encontramos del lado de las poblaciones
excluidas, como las personas del mismo sexo que han decidido formar una
familia”, explica Dayana Blanco, su directora. “Además, pone sobre la mesa el
debate alrededor del derecho al cuidado en este tipo de familias”, agrega
Sibelys Mejía, encargada de Movilización Legal de esa oenegé.
La jurisprudencia
colombiana sobre las licencias de paternidad y maternidad para parejas
homoparentales es escasa, lo que mantiene un vacío legal en el que quedan
atrapados los empleadores, las EPS y, por supuesto, las familias diversas. El
antecedente más cercano es la sentencia C-415 de 2022, en la que la misma Corte
reconoció a las parejas del mismo sexo la posibilidad de acceder a licencias
parentales compartidas o flexibles, a partir del caso de una pareja de hombres
que las exigieron luego de adoptar un bebé. Sin embargo, ese antecedente no
soluciona los interrogantes propios del método de reproducción que eligieron
Andrea y Paola, quienes cuentan que desde el principio han buscado una
maternidad compartida.
Mientras avanza la cruzada legal, Paola y Andrea se han ido
acoplando a sus labores de cuidado: Paola obtuvo su permiso de lactancia y
Andrea ha mejorado, lo que ha permitido que se ocupe del bebé en casa. En medio
del caos, sienten que le han dado forma a su nueva vida sin renunciar a su
anhelo de justicia. Están empeñadas en dar una pelea que consideran,
principalmente, una reivindicación. “Para mí es una posición política, una
necesidad de seguir cambiando culturalmente porque, al final, las leyes van a su
ritmo, pero nuestras vidas siguen”, dice Paola, dispuesta a ir hasta las
últimas consecuencias. Al final, se ha acostumbrado a hacer de su existencia
una lucha constante, reflexiona.
Para Blanco, de Ilex, una organización reconocida por su
trabajo legal en la protección de los derechos de las personas racializadas,
este caso es muy especial por su relevancia en términos colectivos. “Cuando las
mujeres lesbianas deciden formar familia, ni el Estado ni el derecho pueden
limitar la forma en la que se ejercen el cuidado y la maternidad. Esa es la
discusión de fondo y esperamos que la corte falle positivamente”, reitera.
El pasado 9 de octubre la magistrada encargada del caso,
Natalia Ángel, ordenó una serie de pruebas y opiniones consultivas, tanto a las
involucradas en la tutela como a organizaciones expertas en los derechos
sexuales y reproductivos. Se espera que a inicios del próximo año la decisión
definitiva llegue. Y, si bien existe la posibilidad de que el fallo sea
negativo, las dos mujeres ya sienten que su amor y legitimidad como familia no
están sujetos a viejos marcos normativos.
Tomado de El País – América - / Imagen: Carlos Parra.