Un panel de expertos independientes
cuestionó el proceso contra el expresidente, advirtió violaciones a derechos y
criticó la ausencia de garantías legales durante su arresto
Por Luis Paucar
El Grupo
de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de las Naciones Unidas
(GTDA) declaró arbitraria la detención del expresidente Pedro
Castillo (2021-2022), condenado a más de 11 años de cárcel por
conspiración para rebelión tras su intento de golpe de Estado del 7 de
diciembre de 2022, y solicitó al Gobierno peruano su liberación inmediata, así
como la concesión de una indemnización.
El documento, fechado el pasado 4 de junio y hecho público este jueves por el portal de investigación El Foco, sostiene que la privación de libertad del exgobernante contraviene la Declaración Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
La decisión fue adoptada en el 104º
período de sesiones del Grupo de Trabajo, realizado del 10 al 14 de noviembre
del año pasado. Infobae verificó que el pronunciamiento se
realizó junto con otras
resoluciones sobre casos en Arabia Saudita, Kirguistán, Pakistán,
Túnez, Grecia, Argelia, India, Camboya, Venezuela, Guinea Ecuatorial, Baréin,
China y Tanzania.
“El Grupo de Trabajo considera que,
teniendo en cuenta todas las circunstancias del caso, el remedio adecuado
sería poner al señor Castillo inmediatamente en libertad y concederles el
derecho efectivo a obtener una indemnización y otros tipos de reparación, de
conformidad con el derecho internacional”, indica el fallo.
El dictamen sostiene que la
detención de Castillo tras el intento de disolución del Congreso se realizó sin
base legal, sin orden judicial, sin informarle los motivos y sin respetar su
inmunidad presidencial, en contradicción con la Declaración Universal de
Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
El panel de expertos independientes
solicita,
además, una “investigación exhaustiva de las circunstancias en
torno a la privación arbitraria” y que se adopten medidas pertinentes contra
“los responsables de la violación de derechos”.
La exministra Anahí
Durand, vocera de Juntos por el Perú —la formación que postuló a la
presidencia a Roberto Sánchez y que busca la excarcelación del
exmandatario— indicó que este fallo ha sido emitido “después de tres años” y
añadió que, “aunque la clase política que se ha apoderado del Estado diga lo
contrario, actuaron contra la voluntad popular”.
Sánchez, en tanto, se limitó a
expresar en su cuenta de X que “la verdad del pueblo se abre paso”.
Castillo fue arrestado por su
escolta después de anunciar la disolución
del Congreso en un mensaje a la nación, un hecho que, según los
expertos de la ONU, se realizó “sin ninguna base legal, sin una orden
emitida por una autoridad judicial, sin ser informado de los motivos de su
detención y sin respetar su inmunidad como presidente”.
El GTDA remarcó que el escolta
declaró haber recibido “una llamada del Director de Seguridad del Estado
ordenándole detener al Presidente por presunta comisión flagrante de los
delitos de rebelión, violación de la Constitución y abuso de autoridad”. En ese contexto,
el exgobernante fue trasladado a una sede policial y presentado
ante la fiscal de la Nación de entonces, Patricia Benavides.
“No existe en la Constitución la
figura delictual de ‘flagrancia’ para el Jefe de Estado, pues es necesario
antes de detenerlo iniciar un proceso para cumplir con el levantamiento de la
inmunidad que le concede su alto cargo”, avanzó el grupo.
Dos miembros consideraron legal la
detención por tratarse de un acto de poder y no de libertad de expresión,
mientras que el presidente-relator sostuvo que la declaración de Castillo
podría estar amparada por la libertad de expresión y solo consideró arbitraria
la prisión preventiva sin justificación
Subrayó
seguidamente que no se consideraron alternativas menos gravosas al
arresto, que Castillo no accedió de inmediato a un abogado de confianza y que
existieron presiones a la defensa junto con una campaña mediática que lo
presentó como culpable de rebelión sin pruebas de alzamiento.
Dos miembros del panel, la abogada
ucraniana Ganna Yudkivska y el jurista coreano Ethan Hee-Seok
Shin, sostuvieron que la privación de libertad de Castillo no fue arbitraria,
ya que su mensaje del 7 de diciembre de 2022 constituyó un acto de ejercicio de
poder y no un caso de “libertad de expresión o participación política”.
Por su parte, el presidente-relator
neozelandés Matthew Gillett sostuvo una opinión parcial de desacuerdo
al plantear que la declaración de Castillo podría estar amparada por la
libertad de expresión
y criticó que se niegue esa protección al calificarla como
“enunciado performativo” sin base legal. También afirmó que la detención solo
sería arbitraria por no justificar la prisión preventiva.
El dictamen se ha difundido en
medio del debate sobre un posible indulto al exmandatario, al que se ha
referido el presidente interino José María Balcázar, pero que ha sido
rechazado en al menos seis ocasiones por el Ejecutivo.
Tanto el Ministerio de Justicia
como la Comisión de Gracias Presidenciales han declarado inadmisibles los
pedidos de gracia, al referir que no existen condiciones
legales para concederlo puesto que su condena aún no está firme y
sigue en apelación ante la Corte Suprema.
Tomado de Infobae.
