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26 junio, 2022

Derechos de la mujer: Italia se actualiza


 

Por Saverio Martino Falcone * / Opinión

La lucha por los derechos de la mujer a tener una vida igualitaria y libre de violencia es una aspiración de vieja data, las legislaciones en muchas naciones, por desgracia, no marchan a la misma velocidad de los cambios sociales, día a día, miles de mujeres son maltratadas, abusadas y en la peor de las situaciones, asesinadas, sin que sus agresores paguen penas por dicho delito.

 A raíz de mi estadía en Europa desde el 2018, pude constatar en primera persona y por medio de lo cotidiano, aquello que era un gran secreto a voces, comentarios oídos de muchas personas conocidas, que radicadas en el viejo continente me  informaban sobre la cantidad y magnitud de violencia doméstica y feminicidios que ocurren diariamente en naciones como España e Italia, sin que los agresores en muchos de los casos fuesen sido investigados, enjuiciados y sancionados por delito alguno, es por ello que estas naciones al verse atrás en materia de leyes orgánicas de protección a la mujer en comparación a otros países como por ejemplo  Venezuela, (en este particular y hago hincapié en ello, ya que como abogado puedo dar fe de que nuestra nación, puede sentirse orgullosa de contar con una Ley orgánica de vanguardia sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, sancionada en el 2007 y posteriormente  actualizada con reforma parcial en el 2014), se vean obligadas a actualizar su legislación en dicha materia.

Expongo el caso de Italia, en donde la nueva ley establece "un catálogo de delitos", en los que se incurre con la violencia machista. Igualmente, se modifica el Código Penal italiano para acelerar la apertura de los juicios y la toma de medidas para proteger a las víctimas.

Según se desprende del texto de la nueva legislación, los casos de violencia machista tendrán la máxima prioridad y la policía deberá comunicar a la Fiscalía los casos inmediatamente, además de que deberá movilizarse inmediatamente ante una denuncia, mientras que antes primero debía constatar si realmente era algo urgente. Las víctimas además deberán ser escuchadas por un juez antes del tercer día después de la denuncia del maltrato y el plazo para acudir ante las autoridades aumenta de los seis meses, al año.

Por otro lado, la nueva norma introduce penas más duras para los casos de maltrato en el seno de las familias, con condenas de cárcel de entre tres y siete años, con un agravante en caso de cometerse contra menores, mientras que antes iban de los dos a los seis años. Se refuerzan, además, las penas para quienes violen una orden de alejamiento, que podrán pasar en la cárcel hasta tres años.

Bien vale la pena aplicar el Derecho comparado, a fin de que los distintos ordenamientos jurídicos sean cada vez más justos y  similares en dicha materia. 

 *Abogado.