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22 noviembre, 2021

Regresa el paraíso de los especuladores cambiarios. Corra usted a su banco…

Por Óscar Bohórquez Hurtado  / Opinión


Este jueves 18/11/2021 el BCV publicó la Circular N° G-20000110-0 en la cual le indicó a los bancos que actúan como operadores cambiarios que no podrán vender las divisas a un tipo de cambio superior al establecido para la última intervención cambiaria que realizó el Instituto en la semana respectiva.

_*¿QUÉ SIGNIFICA ESTO?*_
Que los bancos no podrán pactar libremente la tasa de cambio de cada operación con sus clientes, tal como lo vienen haciendo en los últimos años, sino que deben tomar como obligatorio el tipo de cambio de referencia (TCR) que se alcanzó en la última intervención cambiaria del BCV.



_*¿QUÉ ES LA INTERVENCIÓN CAMBIARIA DEL BCV?*_
Es el mecanismo de aporte extraordinario de divisas que el BCV ha venido surtiendo a las Mesas Cambiarias bancarias para tratar de frenar la tendencia alcista de la divisa.
Esa intervención ha estado por los 50 millones de dólares en cada uno de los días en los que el BCV ha hecho esa intervención.

_*¿QUÉ EFECTOS PROVOCARÁ ESTA MEDIDA?*_
El primero es que se va a producir un frenazo obligatorio del precio de la divisa en los bancos. Mientras que el dólar libre (paralelo, como lo llaman algunos) se va a disparar.

_*LOS GOBERNANTES Y GRANDES ENTES FINANCIEROS*_
El segundo efecto es que los grandes manejadores de finanzas (Ministerios, Gobernaciones, Alcaldías, allegados a los gobiernos, empresarios con manejo de grandes sumas de bolívares, como los dueños de los supermercados y quienes venden al detal productos de alta demanda, como alimentos o drogas, así como los tradicionales especuladores cambiarios) correrán a comprar todos los dólares que puedan en los bancos.

_*¿CÓMO SE LUCRAN LOS GOBERNANTES CON ESTA MEDIDA?*_
A través de lo que se conoce en finanzas como INVERSIONES TEMPORALES.
Dado que hay demasiada discrecionalidad en la movilización de fondos públicos, el gobernante puede tomar aquellos cuya aplicación puede posponer momentáneamente, dispone de los bolívares, los coloca en la compra de divisas, luego se voltea al mercado paralelo a vender los dólares a precios muy altos, y finalmente regresa los bolívares depreciados, guardando para sí el diferencial cambiario.

_*LOS ESPECULADORES CAMBIARIOS*_
El tercer efecto es que, quienes reciban esos dólares (ahora más baratos, en términos relativos) optarán por voltearse –inmediatamente- al mercado libre para vender los mismos dólares por muchos más bolívares, mientras otros compradores optarán por guardarlos, con la certeza de que el BCV no tendrá músculo financiero para mantener las intervenciones cambiarias, y al final, la devaluación será muy grande, logrando así una ganancia descomunal.

_*ACELERACIÓN DE LA INFLACIÓN PARA 2022*_
El cuarto efecto es que se dislocarán más los precios en el mediano plazo.

_*DESTRUIR CON LOS PIES LO QUE HICIERON CON LAS MANOS*_
El quinto efecto, y esto es lo más grave, es que el BCV habrá destruido con los pies, lo bueno que había hecho con la libre convertibilidad de la moneda, en estos casi tres años desde septiembre de 2018.

_*¿ES MUY GRAVE ESTA MEDIDA DEL PASADO JUEVES 18/11/21?*_
Lamentablemente, es la peor noticia económica financiera de los últimos tiempos.
Prácticamente, al quitar a los bancos el legítimo derecho de pactar libremente la tasa de cambio de las operaciones, se trata de un regreso, aunque tímido, al control de cambios, ya que se está controlando aquello en lo cual debe continuar el libre juego de la oferta y la demanda, que fue lo que trajo de vuelta los alimentos a los anaqueles de los expendios de comida y lo que permitió comenzar a aminorar la caída dramática y persistente de la economía venezolana en los últimos años.
Se trata de una TERRIBLE SEÑAL que nos retrocederá a escenarios que ya habíamos superado.
El desfase de precio entre la divisa de las mesas cambiarias y las del mercado libre o alternativo (que algunos llaman paralelo) provocará la persecución de los actores económicos por usar la divisa paralela y podría empujar a re establecer normas penales que ya demostraron el terrible daño que hicieron a nuestra economía, al tiempo que permitieron volverse multimillonarios -en dólares- a quienes tiene acceso a las divisas controladas.

_*¿QUÉ PUEDEN HACER LOS CIUDADANOS SIN GRANDES SUMAS DE DINERO?*_
Frente al diferencial cambiario que se va a acentuar en los próximos días, y dada la obligación de los bancos de anunciar a los clientes la disponibilidad de divisas, lo que pueden hacer los ciudadanos es correr a su banco y tratar de comprar la mayor cantidad de dólares y euros que el banco acepte venderle, ya que los adquirirá a un precio barato, comparado con el mercado paralelo.
Lo otro es no desprenderse de sus posesiones en divisas, dado que en las próximas semanas, la divisa crecerá de precio en forma sustancial. Lógicamente, como contrapartida, cada uno debería desprenderse, en lo posible, de sus posesiones en bolívares.


_*¿ES LEGAL ESTA MEDIDA?*_
A mi juicio, aunque la Resolución N° 19-09-03 del BCV publicada en G.O. del 21 de octubre de 2019, en su artículo 2° señala que las posiciones en moneda extranjera derivadas de la intervenciones cambiarias deberán ser vendidas aplicado el TCR de fecha de la intervención del BCV, esa norma no aplica para el resto de las divisas no adquiridas del BCV como consecuencia de la intervención.
Y, lo que es más importante, el Convenio Cambiario N° 1, publicado en septiembre de 2018, establece claramente en su artículo 9° que “…El tipo de cambio que ha de regir para la compra y venta de monedas extranjeras fluctuará libremente de acuerdo con la oferta y la demanda de las personas naturales o jurídicas a través del Sistema de Mercado Cambiario…”
De tal manera que la Resolución de octubre de 2019 violó, no sólo el espíritu, propósito y razón del Convenio Cambiario N° 1, sino que violó su letra expresa.
Y esa Resolución está jerárquicamente por debajo del Convenio Cambiario, que suscriben el Ministerio de Finanzas y el Presidente del BCV, en ejecución del mandato de la Constitución previsto en sus artículos 318 y 320.
Por lo que, violando la Circular del jueves 18 de noviembre al Convenio Cambiario N° 1, es ilegal, en mi criterio.

_*MI DESEO…
Ojalá que el Presidente del BCV, el ingeniero Calixto Ortega Sánchez y los otros miembros del Directorio reviertan esta tenebrosa medida, aunque dictada con el supuesto propósito de “maximizar y garantizar el acceso de la colectividad a los servicios de venta de monedas extranjeras mediante el mecanismo de intervención cambiaria…” solo traerá el triste regreso a momentos ya vividos con amargo dolor por millones de venezolanos.

Gracias.

Óscar Bohórquez Hurtado
* Ex juez superior Contencioso Administrativo de la región capital de Venezuela.
* Ex presidente de la Asociación de Usuarios Bancarios de Venezuela.
* Tasador miembro de la Sociedad de Ingeniería de Tasación de Venezuela.
* Experto en finanzas e impuestos.
* Ex corredor Público de Títulos Valores.
* Presidente del Centro de Estudios Inmobiliarios Dr. Óscar Bohórquez Hurtado del Colegio de Abogados del Estado Aragua.
* Egresado del Postgrado en Negocios Inmobiliarios de la Universidad Católica Andrés Bello.

Contacto:
E mail: bohorquezoscar@gmail.com; Teléfonos: 04143454358; 04144507027; Instagram: @asesoresbohorquez ; Twitter: @bohorquezo