Representantes legales de la ONG Transparencia Venezuela acudieron a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), a los fines de interponer un Recurso de Abstención o Carencia (demanda) contra el presidente del Banco Central de Venezuela (BCV), Nelson José Merentes, debido al incumplimiento de la obligación de rendición de cuentas establecida en el artículo 319 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
(...)
Dicho artículo señala
que “el Banco Central de Venezuela se regirá por el principio de
responsabilidad pública, a cuyo efecto rendirá cuenta de las actuaciones, metas
y resultados de sus políticas ante la Asamblea Nacional, de acuerdo con la ley.
También rendirá informes periódicos sobre el comportamiento de las variables
macroeconómicas del país y sobre los demás asuntos que se le soliciten e
incluirá los análisis que permitan su evaluación (…)”.
De igual forma, el
mecanismo legal se sustenta en la opacidad generada por la no publicación de
las principales estadísticas económicas del país de enero a julio de este año,
lo cual asegura vulnera los artículos 7, que hace referencia al adecuado
cumplimiento del objetivo del BCV, numerales 13 (acopiar, producir y publicar
las principales estadísticas económicas, monetarias, financieras, cambiarias,
de precios y balanzas de pagos) y 31 que hace referencia a la transparencia
como principio de la institución, del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley
de Reforma Parcial de la Ley del Banco Central de Venezuela.
En consecuencia, el BCV “…debe
mantener informado, de manera oportuna y confiable al Ejecutivo Nacional y demás
instancias del Estado, a los agentes económicos públicos y privados, nacionales
y extranjeros y a la población acerca de la ejecución de sus políticas, las
decisiones y acuerdos de su Directorio, los informes, publicaciones,
investigaciones, así como de las estadísticas pertinentes de acuerdo con prácticas
aceptadas por la banca central, que permitan disponer de la mejor información
sobre la evolución de la economía venezolana(…)”.
El recurso lo plantea
Transparencia Venezuela, “en su carácter de asociación civil, cuyo interés
principal es la correcta y transparente aplicación del ordenamiento jurídico en
el país, pretendiendo así, la defensa de los principios constitucionales de
justicia, rendición de cuentas y transparencia, toda vez que desde que inició
este año 2015 el BCV no ha publicado información sobre las principales estadísticas
económicas del país”, explica el documento.
La ONG destaca que el
Banco Central de Venezuela no ha publicado información a través del portal
oficial www.bcv.gob.ve, sobre el Índice
Nacional de Precios al Consumidor (INPC) desde 2014, mientras que la Balanza de
Pagos se encuentra hasta el tercer trimestre de 2014 al igual que el Producto
Interno Bruto (PIB) y el Índice de Escasez, del cual solo se presentan
algunos informes hasta febrero 2014; variables que asegura, son vitales
para tener un diagnóstico de la economía.
“Cuando los agentes económicos
que hacen vida en el país desconocen los indicadores económicos actúan de
alguna forma a ciegas y con desconcierto y este comportamiento genera estragos
en la economía que se pueden evidenciar, por ejemplo, en la distorsión que se
genera cuando las expectativas de inflación son cada vez más altas y la búsqueda
insaciable de divisas en el denominado mercado paralelo a cualquier precio.
Asimismo la publicación de estos índices vela por la estabilidad de los
precios, una mayor eficiencia y un crecimiento a largo plazo de la economía,
logrando así el diseño de políticas económicas reales que ayudan a mejorar la
capacidad productiva del país”, asegura Transparencia Venezuela en el citado
texto legal.
La ONG resalta que esta
situación ha sido denunciada a través de los medios de comunicación, pues
atenta contra “el derecho de acceso a la información, como requisito
indispensable para el funcionamiento mismo de la democracia y de la mayor
transparencia y buena gestión pública”.
Por último,
Transparencia Venezuela solicita al TSJ que se le ordene a Merentes cumplir con
lo establecido en la Carta Magna, haciendo de acceso público los informes periódicos
sobre el comportamiento de las principales estadísticas económicas del país en
la página web oficial del Banco Central de Venezuela.