Por Juan Linares / Opinión.
Es una venganza o retaliación, del gobernador Ángel Marcano, Pedro Perales, José Gil, de la CBST y el FBT/M21 contra los trabajadores de SIDOR, estos traidores y esquiroles jamás han tenido aceptación en la clase trabajadora siderúrgica. El régimen de Maduro es el Jefe de esta banda que viven de los negocios de la venta de los beneficios de los trabajadores venezolanos, además son negociantes de los productos acabados de las empresas básicas de Guayana. En Enero con el conflicto en el Portón 4 de SIDOR, cuando los trabajadores en paro trancaron la autopista Ciudad Bolívar a Puerto Ordaz, entre sus peticiones más importantes eran y son: por un salario digno, un salario en dólares anclado al dólar del BCV. Por la eliminación del memorando 2792, por un seguro HCM y por el reingreso a la planta de mas de 5 mil trabajadores desincorporados con la figura de "Trabajadores No Requeridos" y otros beneficios en su pliego de peticiones, a los cuales hay que agregar la libertad de los trabajadores de SIDOR y otras empresas por brindar apoyo a las luchas. A esta fecha no han cumplido ninguno de los beneficios económicos y sociales que vienen siendo irrespetados por la empresa y el régimen. Ahora nuevamente se agudiza el conflicto de los trabajadores de SIDOR y de todos los trabajadores de las empresas básicas de Guayana.
Los trabajadores de Guayana han actuado apegado a los
preceptos constitucionales y la Ley Orgánica del Trabajo, Trabajadores y
Trabajadoras (LOTTT), esta última en su artículo 16 nos dice:
"Las fuentes de derecho del trabajo son las siguientes:
a) La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la justicia social como principio fundacional de la República.
b) Los tratados, pactos y convenciones internacionales suscritos
y ratificados por la República.
c) Las leyes laborales y los principios que las inspiran.
d) La convención colectiva de trabajo o el laudo arbitral, si
fuere el caso, siempre y cuando no sean contrarias a las normas imperativas de
carácter constitucional y legal.
) Los usos y costumbres en cuanto no sean contrarias a las
normas imperativas de carácter constitucional y legal.
f) La jurisprudencia en materia laboral.
g) Aplicación de la norma y la interpretación más favorable.
h) La equidad, la igualdad y el ideario Bolivariano, Zamorano
y Robinsoniano"
El origen de este conflicto son las violaciones de los
beneficios contractuales y legales, el irrespeto a la libertad sindical, el
constante incumplimientos de los compromisos acordados. Además de las
agresiones y detenciones arbitrarias contra los dirigentes sindicales. El
sábado 10 de junio fueron secuestrados los dirigentes sindicales por cuerpos
represivos del Estado, Leonardo Azocar, Daniel Romero y Juan Cabrera, este
último fue liberado. Los dirigentes Azocar y Romero fueron imputados por
delitos de instigación al odio, asociación para delinquir y boicot. Fueron
enviados a Caracas. El martes 13 de junio nuevamente el patrono arremete contra
los trabajadores cuando se presenta la Guardia Nacional a Planta de Pellas con
un decreto de la jueza Primero de Juicio Maribel del Valle Rivero de una Medida
Cautelar Innominada en acción de Amparo Constitucional interpuesto por la CVG a
favor de SIDOR. Este es un Amparo muy generalizado, demasiado amplio con excesiva generación de derecho.
Asimismo los trabajadores podían haber introducido una acción
de nulidad del Amparo. Anularlo porque hay elementos que colide con normas que
son de orden público, normas constitucionales, normas legales, derechos
internacionales. Porque el derecho a la protesta, el derecho a la huelga, está
en convenios internacionales. Un amparo no puede pasar por encima de las leyes, los convenios y la
Constitución Nacional.
Otro detalle es por qué el ministerio del trabajo, en este
caso la Inspectoría del Trabajo de Puerto Ordaz se negaron admitir el Pliego de
Peticiones con Carácter Conflictivo que intentaron introducir los dirigentes sindicales y trabajadores, con
apoyo de 3.500 firmas de trabajadores sidoristas, en este pliego no admitido se
reclamaba las violaciones de los beneficios legales y contractuales de los
trabajadores y sobre el irrespeto que existe por parte del patrono estatal de
la libertad y autonomía sindical. El régimen de Maduro no permite las
libertades sindicales, cuando prohíbe las elecciones sindicales e irrespeta la
autonomía sindical.
En conclusión está malvada y perversa acciones son obras del
PSUV, del régimen y los jerarcas de Maduro. Sus ministros. La Central
Bolivariana Socialista de Trabajadores (CBST) y el FBT/M21, La Junta
Interventora de la CVG, los militares presidentes de empresas que han destruido
las empresas básicas del Estado con la corrupción, su ineficiencia e
incapacidad gerencial. Así lo demuestra la Junta Interventora de la CVG que
hace dos (2) meses paralizó las plantas que estaban produciendo a un 30% de su
capacidad instalada como Acerías de Planchones, Palanquillas, Barras y Alambrón, Midrex II y Laminación en
Caliente con el argumento de revisar las cuentas, los pasivos industriales y
ambientales. Con un total desconocimiento de los procesos siderúrgicos.
Por esto vemos a las Inspectorías del Trabajo en Venezuela se
declaran incompetentes para conocer los pliegos de peticiones. Hay casos que
las inspectorias del trabajo con pliegos de peticiones con más de dos años de
introducidos y conociendo el pliego, y unilateralmente se pronuncia y dice que
es incompetente para conocer del pliego. En
la Inspectoría del Trabajo no va haber pronunciamiento en favor de los
trabajadores de Guayana. El Coordinador del Ministerio del Trabajo del estado
Bolívar es una ficha del PSUV y miembro
activo del FBT/M21 y las decisiones que toma es contra los trabajadores porque
ese es el lineamiento impartido por el régimen de Maduro y sus secuaces que son
enemigos de la clase obrera venezolana. Así mismo esas son las instrucciones
que reciben todas las inspectorías del trabajo del país.
En los últimos 10 años no ha habido ningún acuerdo de
beneficio a la clase trabajadora, entonces lo que quiere decir que la huelga es
legal, el paro es legal, pero aun así le pasan por encima. Y ahí es donde está
la inconstitucionalidad y la ilegalidad del amparo. Los trabajadores de
Venezuela deben estar unidos en esta lucha por las reivindicaciones económicas
y sociales robadas por el régimen de Nicolás Maduro que mantiene al pueblo
venezolano en la pobreza, miseria y hambre con salarios de menos de 5 dólares
al mes. Luchamos o morimos de Hambre.